La discusión sobre la gestación subrogada nos convoca a pasar del dilema entre prohibición y regulación, para reflexionar y cuestionar las estructuras económicas que convierten la reproducción en un privilegio de clase
Por Láurel Miranda
Las imágenes de Lady Gaga caminando con un recién nacido, difundidas el fin de semana, abrieron una conversación que trasciende las fronteras del espectáculo.
Hasta ahora no existe información pública que permita saber si la cantante gestó, adoptó o recurrió a la gestación subrogada. Por lo tanto, las fotografías no pueden tomarse como evidencia de ninguna de estas posibilidades. Sin embargo, las especulaciones que surgieron alrededor de ellas volvieron a colocar en la discusión pública la gestación subrogada, una práctica en la que los cuerpos de las mujeres y otras personas con capacidad de gestar se encuentran atravesados por las desigualdades económicas y los avances de la biotecnología.
Perspectivas feministas sobre la gestación subrogada
Frente a la tentación habitual en los medios de comunicación de reducir la discusión a «las dos caras de la moneda» —un recurso falso que suele colocar al mismo nivel la garantía de derechos y las agendas abiertamente antiderechos—, la gestación subrogada exige un rigor diferente.
El feminismo no es un pensamiento monolítico, y la gestación subrogada pone sobre la mesa las distintas perspectivas que existen en torno a la autonomía corporal y el mercado.
Por un lado, existen corrientes feministas abolicionistas del género y del trabajo sexual, dentro de las cuales también encontramos sectores que niegan la identidad de género autopercibida de las personas trans. Para estas corrientes, la capacidad reproductiva está vinculada específicamente a la categoría política de mujer y, por ello, la gestación no debería convertirse en un servicio susceptible de ser contratado o transferido.
Consideran también que el cuerpo no debería ser una propiedad que pueda enajenarse a través de contratos civiles, razón por la cual la subrogación se erige como una nueva forma de mercantilización y explotación del cuerpo de las mujeres que el Estado debe prohibir.
Bajo otra perspectiva, algunos sectores de la teoría queer y del feminismo liberal han colocado en el centro la autonomía corporal de las mujeres y su capacidad para tomar decisiones, incluso dentro de un contexto de mercado.
En una entrevista de 2018 para la revista Dorsal, Judith Butler comenzó por aclarar: “No tengo una opinión formada”. Desde esa reserva, sostuvo que una mujer tiene derecho a decidir qué hacer con su cuerpo mientras no perjudique a otras personas y cuestionó que se considere necesariamente explotada a toda mujer que decide gestar para alguien más. También manifestó su desconfianza hacia las posturas que menosprecian las decisiones de las mujeres y las mantienen en una situación de indefensión estructural.
Más tarde, en una entrevista publicada en 2022 por El País, Butler afirmó que existen diferentes formas de ganarse la vida y que la subrogación puede ser una de ellas. Sin embargo, volvió a reconocer los límites de su posición: “Puede ser que no haya pensado suficientemente sobre este asunto, pero no me produce el mismo horror que a otras personas”.
En el caso de Nussbaum, si bien no escribió una teoría específica de la gestación subrogada, en Sex and Social Justice (1999), la filósofa estadunidense habla sobre la explotación y la mercantilización de los cuerpos reproductivos, y ahí sostiene que el hecho de que una actividad implique la comercialización del cuerpo femenino no es suficiente para demostrar explotación.
En su artículo Objectification (1995), Nussbaum plantea que para concluir si una mujer está siendo objetificada, o no, resulta pertinente preguntarse si la mujer conserva autonomía, dignidad, capacidad de decisión y condiciones reales para consentir, o si, por el contrario, está siendo reducida a un instrumento para los fines de otros.
La justicia reproductiva y la perspectiva transfeminista
Frente a estas perspectivas, los planteamientos de teóricas como la estadunidense Silvia Federici o la mexicana Leah Muñoz resultan particularmente interesantes.
La filósofa Silvia Federici ha dedicado buena parte de su vida a estudiar la relación entre capitalismo y reproducción. Como ha señalado, la reproducción sigue siendo un terreno central de opresión y disputa política, en el que se cruzan el control de los cuerpos, el trabajo y la acumulación capitalista.
Desde esta perspectiva, la gestación subrogada puede analizarse como parte de una historia más amplia, una en la que el trabajo reproductivo de las mujeres ha sido invisibilizado, apropiado y, cada vez más, incorporado a circuitos económicos.
Muñoz no parte de una oposición a la tecnología: reconoce que las tecnologías médicas han ampliado nuestras posibilidades corporales y reproductivas. Sin embargo, subraya que debemos reflexionar si dichas tecnologías se incorporan a relaciones económicas atravesadas por desigualdades.
“No digo que no haya autonomía en los cuerpos de las mujeres que recurren a la gestación subrogada o que no estén tomando decisiones desde cierto marco de elección”, explica. Pero introduce una distinción fundamental: las capacidades disponibles para tomar una decisión dependen también del contexto social en el que esa decisión ocurre.
¿Quién necesita el dinero?, ¿quién puede elegir?, ¿quién asume los riesgos médicos?, ¿quién fija las condiciones del embarazo?, ¿y quién obtiene las ganancias cuando alrededor de esa relación existe toda una industria de clínicas, agencias e intermediarios?
Desde una perspectiva transfeminista, Muñoz sostiene que las personas trans (y de la diversidad sexual y de género) no tendrían por qué adoptar una posición automática en favor de la gestación subrogada o de su regulación, únicamente por antagonismo a la postura del feminismo transexcluyente, que la rechaza.
Muñoz plantea que se puede desarrollar una crítica a determinadas tecnologías reproductivas desde posiciones transfeministas y de justicia reproductiva, sin asumir por ello las premisas políticas del feminismo transexcluyente. Es decir, para la especialista, el hecho de coincidir en una conclusión no tiene por qué significar que se comparten los mismos fundamentos políticos.
Por ello, su apuesta aboga por ampliar el espacio de la autonomía; es decir, crear las condiciones materiales que permitan elegir, sin asumir que una decisión tomada en condiciones de precariedad es necesariamente libre ni que carece de agencia.
Y subraya: el acceso a las biotecnologías no ocurre en el vacío, sino en el marco de un biocapitalismo neoliberal, que fragmenta los procesos corporales (gametos, úteros, hormonas) para integrarlos a circuitos de ganancia.
En un contexto de profunda desigualdad económica, hablar de libre elección resulta problemático, toda vez que la gestación subrogada no es un simple «servicio» acotado en tiempo; implica ceder la soberanía sobre la salud, la alimentación, la movilidad y la integridad física durante nueve meses, o incluso más, bajo estricto control médico y contractual.
En ese sentido, señala que para que la práctica de la gestación subrogada pudiera tener lugar sin vulnerar a las gestantes, sus familias y seres procreados, tendría que ocurrir en una sociedad poscapitalista.
La gestación subrogada en México y el mundo
En lo que se refiere a la situación jurídica de la gestación subrogada en el mundo, también hay diferencias y fracturas. En Estados Unidos existen estados como California, con un marco jurídico especialmente favorable a la gestación comercial; en España la Ley de Salud Reproductiva califica a la subrogación como una forma grave de violencia contra las mujeres.
En México no existe una regulación federal integral sobre la gestación subrogada. Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 16/2016, en junio de 2021, la Suprema Corte no determinó que todos los aspectos de esta práctica fueran competencia de las entidades federativas. La resolución distinguió entre las cuestiones sanitarias y de planificación familiar, que corresponden al ámbito federal, y las consecuencias civiles y familiares que pueden ser reguladas por los estados, como los contratos y la filiación.
Tabasco y Sinaloa son las únicas entidades que permiten y regulan expresamente la gestación subrogada. En contraste, los códigos civiles de Coahuila y Querétaro desconocen la validez de estos acuerdos y establecen que la maternidad corresponde a la persona gestante; Querétaro y San Luis Potosí, además, establecen expresamente su prohibición. En el resto del país, no existe una regulación específica e integral sobre la práctica.
Pensar la gestación subrogada nos obliga a salir de las respuestas simplistas propias de las redes sociales. El reto es reflexionar y cuestionar las estructuras económicas que convierten la reproducción en un privilegio de clase. Porque la autonomía corporal únicamente es real cuando existen condiciones materiales para ejercerla en libertad.
*Lo contenido en este texto es publicado por la autora a título personal, en su calidad de profesionista e investigadora independiente, y no refleja la postura política ni posición oficial de ninguna entidad en que se desempeñe.